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(Autoridad de Aplicación Decreto Nº 6442-MMA-2006) Funciones:
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Proteger, conservar, restaurar la fauna autóctona o exótica que temporal y permanentemente habita en la provincia.
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Conservar, controlar y fomentar todas las especies arbóreas que vegetan en los predios del dominio público, conforme a la numeración del artículo 2340 del Código Civil Argentino.
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Controlar la regeneración y mejoramiento de bosques, así como el aprovechamiento racional de productos forestales y el desarrollo de la industria forestal.
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Fiscalizar y otorgar la autorización para la explotación y constitución de cotos de caza en el territorio provincial.
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Competencias: Área conservación y control de áreas naturales protegidas.
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